Implementación del SARLAFT como prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo

La Fundación Oftalmológica de Santander - Clínica FOSCAL y Fundación FOSUNAB - Clínica FOSCAL Internacional, en labor de prevención y cumplimiento del marco legal, han mantenido el propósito de evitar ser utilizadas para dar apariencia de legalidad a activos provenientes de actividades delictivas o para la canalización de recursos con objetivos terroristas. En razón a lo anterior, han adoptado e implementado un Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, SARLAFT, como parte de la cultura organizacional, basado en elementos e instrumentos de divulgación a través de políticas y procedimientos orientados a la prevención, detección y reporte de operaciones relacionadas. Este sistema contempla el cumplimiento de la Circular Externa 009 de Abril 2016 emitida por la Superintendencia Nacional de Salud

Las políticas, controles y procedimientos implementados para la adecuada administración del riesgo, son acciones que buscan la debida diligencia enfocadas a la prevención del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo. Entre otros aspectos el SARLAFT incorpora actividades para el conocimiento del cliente y/o contrapartes y sus operaciones, monitoreo de transacciones, capacitación al personal y reportes de operaciones sospechosas y los demás reportes de acuerdo a lo requerido por las autoridades competentes.

Los procedimientos y reglas de conducta sobre la aplicación de todos los mecanismos e instrumentos de control del SARLAFT, están contemplados en el Manual del SARLAFT y en el Código de Buen Gobierno Corporativo, los cuales son de obligatorio cumplimiento por todos los funcionarios. Asimismo, estas normas de conducta se encuentran en los procedimientos institucionales de las áreas y departamentos sensibles de acuerdo a la identificación del riesgo.

Las políticas de prevención y control del riesgo de LA/FT contempla entre otros aspectos los siguientes:

  1. Conocimiento del cliente y/o contraparte, mediante actividades de debida diligencia, el cual es realizado previo a la aprobación de la vinculación con la institución, para lo cual, se establecieron mecanismos en los que se procura obtener y mantener actualizada la información de los mismos anualmente.
  2. Realizar monitoreo permanente de las transacciones de los clientes y/o contrapartes, cuyo propósito principal es identificar señales de alerta de operaciones inusuales o sospechosas, para determinar el respectivo reporte oportuno de las operaciones en mención a la ida por la UIAF y organismos de control competentes.
  3. Reconocer la importancia de la aplicación, es por ello que la alta Dirección, desarrolló programas de capacitación a todos los funcionarios en temas relacionados con el Sistema de Administración del Riesgo y Financiación del Terrorismo, SARLAFT, a través de los programas de inducción, reinducción y capacitaciones virtuales entre otros espacios dispuestos internamente. Asimismo, a aquellos funcionarios que tienen contacto directo con clientes y/o contrapartes definidos de mayor riesgo reciben capacitación específica de debida diligencia.
  4. Para el desarrollo de las funciones establecidas por las normas legales y conscientes del compromiso que tienen con el SARLAFT, se ha designado un Oficial de Cumplimiento debidamente posesionado ante la Superintendencia Nacional de Colombia.
  5. Verificación independiente por parte de la Revisoría Fiscal y Auditoría Interna para asegurar el cumplimiento de las políticas y procedimientos implementados por la Institución.