Reglamento Médico
La Clínica FOSCAL tiene como finalidad de ofrecer la atención integral de los servicios de salud, el fomento y la promoción de estudios e investigaciones en este ramo científico, la prevención de enfermedades, la promoción de los estilos de vida saludables y la rehabilitación de los pacientes, la educación médica y todas las acciones que conlleven el bienestar de los profesionales de las ciencias de la salud, de su recurso humano de base y de los pacientes.
Para coordinar y regular estas acciones se han creado diferentes organismos institucionales, los cuales han establecido sus reglamentos como compendio de los derechos y deberes, de quienes ejercen su actividad profesional en la FOSCAL.
De conformidad con el mandamiento de la Junta Directiva en su reunión del 25 de Abril de 2000, se conformó un equipo en el que participaron cuatro miembros de la Junta Directiva y el Grupo de la Dirección, quienes presentaron una propuesta de Reglamento Médico, bajo las premisas de mejoramiento de las relaciones con los profesionales de la salud y acorde con las nuevas circunstancias del ejercicio médico, los nuevos sistemas de contratación de los servicios de salud, el fortalecimiento y la capacidad institucional, para garantizar la calidad, oportunidad y pertinencia del acto médico.
Esta propuesta fue ampliamente debatida y complementada por la Junta Directiva y aprobada por unanimidad en reunión del 19 de Diciembre de 2000. De la misma forma la Junta Directiva aprobó que en los casos no contemplados en este Reglamento, el Director de la Institución podrá definir conductas, responsabilidades y derechos a los integrantes del Cuerpo Médico de la FOSCAL.